1. PLANIFICAR: EL EJE CENTRAL DEL SISTEMA DE
GESTIÓN.
La planificación es el eje sobre el cual se montan todas las demás
acciones. Es una etapa que responde a preguntas tales como: ¿Qué se hará para
garantizar la salud y seguridad de los trabajadores? ¿Cómo se llevará a cabo?
¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Con quién? ¿Para qué? ¿Cómo se evaluará? ¿Con qué datos?
La planificación es en sí misma un procedimiento lógico y por
etapas que permite el mejoramiento continuo de SG-SST.
Una vez realizada la evaluación de dichos
estándares en la IPS CEYDE se obtuvieron los siguientes resultados:
|
N ° |
ESTÁNDARES
MÍNIMOS ETAPA DE PLANIFICAR |
¿CUMPLE? |
|
1 |
Asignación de una
persona que diseñe el Sistema de Gestión de SST |
SI |
|
2 |
Asignación de recursos para el Sistema de Gestión de
SST |
NO |
|
3 |
Afiliación al Sistema
de Seguridad Social Integral |
SI |
|
4 |
Conformación y funcionamiento del COPASST |
NO |
|
5 |
Conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia
Laboral |
NO |
|
6 |
Programa de capacitación |
NO |
|
7 |
Política de Seguridad y
Salud en el Trabajo |
SI |
|
8 |
Plan Anual de Trabajo |
SI |
|
9 |
Archivo y retención documental del Sistema de Gestión
de SST |
NO |
Se va a implementar acciones de mejoramiento sobre la
documentación para dar cumplimiento de dos estándares en la IPS CEYDE:
A. Conformación y funcionamiento del COPASST
En la Ips no se ha realizado el proceso de conformación del Comité Paritario en Seguridad y salud en el trabajo, se comparte el enlace con la documentación necesaria para cumplir con ese requerimiento.
El comité paritario de seguridad y salud en el trabajo (COPASST), es el organismo que se encarga de la promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo dentro de la empresa a través de actividades de promoción información y divulgación, es decir, garantiza que los riesgos de enfermedad y accidentes derivados del trabajo se reduzcan al mínimo y está regido por el decreto único 1072 de 2015, en este comité cualquier trabajador de una empresa sin importar su rango o función tiene el derecho y el deber de participar activamente en el COPASST. Este comité está conformado e integrado por los representantes de la administración que son elegidos directamente por el empleador o quiénes éste delegue para tal efecto y por los representantes de los trabajadores, que son elegidos por votación libre. Los miembros del comité paritario de seguridad y salud en el trabajo se eligen para periodos de 2 años y pueden ser reelegidos según decreto 1295 de 1994 Artículo 63. El número de trabajadores que pueden pertenecer al comité paritario de seguridad y salud en el trabajo depende de la cantidad total de empleados de la empresa-Decreto 1072 de 2015. De la siguiente forma:
ü
Las empresas de
menos de 10 trabajadores deben tener un Vigía en Seguridad y Salud en el
Trabajo, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario.
ü
De 10 a 49
trabajadores, se elige un representante por cada una de las partes.
ü
De 50 a 499
empleados, se eligen dos representantes por cada una de las partes.
ü
De 500 a 999
trabajadores, se eligen tres representantes por cada una de las partes.
ü
De 1.000 a más
empleados, se eligen cuatro representantes por cada una de las partes.
El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST debe tener un presidente y un secretario, el primero de ellos será designado por el empleador escogiéndolo entre los representantes que el nombre, el segundo será elegido por el comité en pleno.
Se resalta que según lo dispuesto en el artículo 91 del decreto ley 1295 de 1994 adicionado por el artículo 13 de la ley 1562 de 2012 el incumplimiento de los programas de sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y aquellas obligaciones propias del empleador dentro de las cuales se encuentra la conformación del COPASST acarreará multa de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes. En caso de reincidencia en tales conductas se podrá ordenar la suspensión de actividades hasta por un término de 120 días o cierre definitivo de la empresa, por tal motivo se hace de carácter urgente la conformación de este comité.
B. Conformación y funcionamiento del COMITE CONVIVENCIA
LABORAL
En la Ips está en proceso de conformación de convivencia laboral, para evitar el acoco laboral, está convocando para la inscripción de las personas que deseen ser parte del comité, se comparte los formatos para el registro de cada uno de los procesos.
Formatos Comité convivencia laboral
Presentación: programa prevención acoso laboral
Video de conformación del Comité de convivencia laboral


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